Todas las respuestas que buscabas acerca de los subsidios habitacionales en un solo lugar

¿Qué es un subsidio habitacional?

Es un aporte del Estado que no se restituye y que se otorga por una sola vez al beneficiario, y a su núcleo familiar para que estos puedan adquirir su primera vivienda.

 

Tipos de subsidios

Existen los subsidios para vulnerables y los subsidios clase media.

  • Subsidios vulnerables: DS49 y DS1 Tramo 1.
  • Subsidios clase media: DS1 Título 2  y DS1 Tramo 3.
  • Subsidio automático DS19: Esta es una opción distinta a la que puedes acceder con trato directo con la inmobiliaria que desarrolla el proyecto de tu interés, sin postular al MINVU. 
 

¿Cómo saber a qué tipo de subsidio puedo postular?

Ingresa a La Ruta del Subsidio: https://dev.usatusubsidio.com/ruta-del-subsidio/ y descúbrelo.

Requisitos mínimos para postular a un subsidio habitacional clase media

• Edad mínima: 18 años.
• Cédula de identidad vigente, original y fotocopia (por ambos lados). Para extranjeros será necesario el certificado de permanencia definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
• Cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses.
• Ahorro mínimo (solicitado según el tipo de subsidio) depositado en la cuenta de ahorro para la vivienda, al último día del mes anterior a la postulación, (sin efectuar giros en la cuenta a partir de ese día).
• Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 90%.
*Los adultos mayores podrán pertenecer hasta el tramo del 90% según RSH, independiente del Título y tramo al que postulen.
• No encontrarse en ninguna de las siguientes situaciones (esto aplica para el postulante, cónyuge, conviviente u otro integrante del grupo familiar):
– Ser propietarios, propietarias o asignatarios de una vivienda, infraestructura sanitaria o sitio; en este último caso, sólo se puede postular para construir en dicho sitio, a menos que los terrenos en cuestión no sean aptos para construir una vivienda (lo que deberá ser acreditado ante la respectiva SEREMI de Vivienda y Urbanismo).
– Ser beneficiarios o beneficiarias de un subsidio habitacional o poseer un certificado de subsidio habitacional vigente.
– Estar postulando a cualquier otro programa habitacional.
– Haber sido declarados como integrantes del grupo familiar de una persona que fue beneficiada en un llamado anterior (últimos tres años antes de la convocatoria).

Requisitos para acceder al subsidio automático DS19


1. No tener registro de inmueble o terreno a tu nombre.
2. Ser sujeto a crédito hipotecario, no tener DICOM.
3. Tener un ahorro mínimo de 80 UF, (2,3 millones aproximadamente en la libreta de ahorro para la vivienda). No es necesario antigüedad.
4. Estar inscrito en el registro social de hogares: www.registrosocial.gob.cl y tener un porcentaje entre 50 y 90%.
5. Tener una antigüedad laboral de 12 meses. En el caso de ser independiente, tus boletas de honorarios de los últimos 12 meses y tu declaración de impuesto de los últimos 2 años.
6. No estar postulando o haber ganado algún subsidio.
7. No acreditar renta líquida mayor a 60 UF, (1,6 millones aproximadamente). 

¿Puedo homologar mi subsidio DS49 / DS1 al DS19?

Sí, dicha homologación tiene como objetivo que aquellas personas que se han adjudicado subsidios personales (DS49 y los DS1), tenga más opciones para comprar una vivienda.

Para llevar a cabo dicha homologación, debes consultar con la inmobiliaria si tiene cupo para tu subsidio actual y los requisitos que necesitas cumplir para llevar a cabo el trámite.

Para mayor información, ¡visítanos! www.usatusubsidio.com ¡Saludos!

¿Qué necesito llevar al momento de la postulación?

• Certificado de crédito preaprobado, (si presenta un ahorro mayor a 400 UF, no se necesita pre aprobación del crédito bancario).
• Libreta de ahorro para la vivienda.
• Cédula de identidad.

¿Puedo comprar una casa por un valor superior al establecido por el subsidio habitacional?

No, la ley establece claramente que el subsidio caduca automáticamente, si el precio de la propiedad (que se compró o construyó), excede el monto máximo de precio para la vivienda que esta indicado en el certificado de subsidio habitacional.

¿Existe un plazo para utilizar mi subsidio?

Sí, los certificados de subsidio habitacional tienen una vigencia de 21 meses, este plazo comienza a regir desde el mismo día en que se emitió el certificado.

En el certificado de subsidio se indica la fecha de vencimiento del mismo.

Tengo vencido mi subsidio habitacional, ¿puedo volver a postular?

Sí, pero primero debe devolver el certificado de subsidio habitacional que tiene en su poder. Sin realizar este trámite previamente, usted no puede volver a postular al beneficio del subsidio habitacional, pues figura como que ya ha sido beneficiado y eso lo inhabilita para postular.

¿Puedo arrendar una casa comprada con el subsidio habitacional?

No, si su casa fue comprada con un subsidio habitacional y aun no ha transcurrido el plazo de prohibición de 5 años, usted no puede arrendar la casa a un tercero.

La infracción a esta norma faculta al Serviu, para exigir al beneficiario la devolución del dinero otorgado a través de los subsidios en que ha sido beneficiado el infractor.

Dicho monto se calcula en base al valor que tenga la UF al momento de la solicitud emitida para la restitución de dichos beneficios.

¿Se puede ceder el subsidio habitacional para la compra de una vivienda?

Sí, el subsidio habitacional se puede ceder entre cónyuges para la compra de una vivienda. Incluso existen casos en que el beneficiario del subsidio no es el titular de la cuenta de ahorro, es el otro cónyuge. Por lo que, al momento de la compraventa, los cónyuges pueden ceder tanto el certificado de subsidio habitacional como el ahorro previo de la libreta de ahorro para la vivienda en la escritura de compraventa de la misma, a favor del cónyuge que figure como el comprador.

La infracción a esta norma faculta al Serviu, para exigir al beneficiario la devolución del dinero otorgado a través de los subsidios en que ha sido beneficiado el infractor.

Dicho monto se calcula en base al valor que tenga la UF al momento de la solicitud emitida para la restitución de dichos beneficios.

¿Hasta que día puedo tener el ahorro mínimo en la libreta?

Hasta el último día hábil, del mes anterior a la postulación (sin efectuar giros en la cuenta a partir de ese día).

 

 

 

Ahorros mínimos para cada tipo de subsidio habitacional

• Subsidio DS49:
10 UF

• Subsidio DS1 Tramo 1:
30 UF

• Subsidio DS1 Tramo 2:
40 UF

• Subsidio DS1 Tramo 3:
80 UF

 

¿Cuál es el ingreso familiar máximo para poder recibir el subsidio habitacional para la clase media?

El ingreso máximo no debe superar lo equivalente a 60 UF, es decir, 1,6 millones (aproximadamente).
 

¿Se puede complementar renta para la compra de una vivienda con subsidio?

Sí. Puedes complementar tu renta con tu cónyuge o con los integrantes de tu grupo familiar, siempre y cuando ninguno sea dueño de alguna propiedad, ni la renta familiar supere las 60 UF.
 

¿Dónde puedo postular?

La postulación debes hacerla únicamente de forma online, ingresando al sitio web oficial del Minvu: www.minvu.cl. Para ello, necesitas contar con la Clave Única que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación.

 

Quienes no cuenten con dicha Clave Única, también podrán postular en el Formulario de Contacto que aparece en la página del Minvu.

En caso de necesitar asistencia, debe comunicarse con Minvu Aló desde su teléfono celular, marcando: 600 901 11 11.

 

¿Se puede utilizar el subsidio habitacional para comprar una segunda vivienda?

No, el beneficio está destinado para la compra de la primera vivienda.
 

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